Con los últimos días del mes aproximándose, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha dado un ultimátum a los contribuyentes que aún no han acudido a presentar su declaración anual correspondiente al año 2024, ya que, según advierten las autoridades fiscales, esto podría hacer a las personas acreedoras a multas y sanciones económicas elevadas. 

En este sentido, decenas de pensionados y jubilados se han preguntado, en grupos de Facebook, si ellos también deben realizar este trámite, o si están exentos de la declaración anual. El debate en redes sociales se ha incrementado debido a que algunos internautas han resaltado que las pensiones y jubilaciones están exentas de pagar impuestos. No obstante, esto no siempre aplica para todas las personas y depende de cada caso en particular. 

La llamada del SAT es para que los contribuyentes, incluidos los pensionados y jubilados que deban hacerlo, acudan a presentar su declaración anual en tiempo y forma correspondiente, teniendo como fecha límite el próximo miércoles 30 de abril. Las autoridades fiscales han recordado que, en caso de que no cumplan con esta obligación, los contribuyentes se podrán hacerse acreedores a sanciones económicas y multas que podrían generar recargos.

¿Quiénes son los pensionados que sí deben hacer su declaración anual?


Quienes no cumplan con su obligación serán acreedores a multas. Foto: SAT.

De acuerdo con el artículo 93, fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los pensionados y jubilados están exentos de pagar Impuesto sobre la Renta  (ISR) y por ende no están obligados a presentar su declaración anual. No obstante, estas deben cumplir con ciertos criterios:


“No se pagará el impuesto sobre la renta en caso de las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro (…)  cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.

Así, la mayoría de los pensionados y jubilados no están obligados a pagar impuestos, pero existen excepciones. Aquellas personas cuyo ingreso sea superior a 15 Unidades de Medida y Actualización (UMA) sí deberán pagar el ISR sobre el excedente y por ende deberán realizar su declaración anual. 

¿Qué otros pensionados sí deben presentar su declaración anual este 2025?


Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para cumplir con el trámite. Foto: cuartoscuro.

Además, existen otros motivos por los cuales los pensionados y jubilados deben presentar su declaración anual. Por ello, aquí te contamos por qué otros motivos un pensionado, o jubilado, sí debe presentar su declaración anual:


En caso de que los ingresos por pensión sean superiores a 400 mil pesos anuales.
En caso de que perciban dos o más pensiones simultáneas, por ejemplo del IMSS e ISSSTE, incluso si la suma no rebasa los 400 mil pesos.
En caso de que los pensionados, o jubilados, además de la pensión tengan otra fuente de ingreso, tales como: 


Sueldos o salarios.
Arrendamiento de bienes inmuebles.
Actividades profesionales o empresariales (honorarios).
Intereses bancarios o dividendos.
Compra o venta de bienes.
Indemnizaciones, liquidaciones u otros ingresos gravables.

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