Millones de contribuyentes ya han presentado su declaración anual como personas físicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). De acuerdo con las autoridades fiscales, hasta el pasado 3 de abril, más de dos millones de mexicanos ya habían cumplido con está obligación fiscal, la cual deberá cubrirse antes de que finalice el presente mes de abril.
Presentar la declaración anual no solo es un trámite de carácter obligatorio, sino que también podría representar un beneficio económico para aquellos contribuyentes que resulten tener un saldo a favor. En este sentido, las autoridades fiscales han explicado que el saldo a favor se da cuando se determina que un contribuyente pagó más impuestos de los que realmente debió pagar durante el año, esto por deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas y demás que suelen generar un saldo a favor.
Para el año en curso, el SAT estableció que las personas físicas deberán presentar su declaración anual entre el 1 y 30 de abril. De esta manera, quienes tengan un saldo a favor podrán solicitar la devolución automática y recibir su dinero lo antes posible. No obstante, primero deberán cumplir con una serie de requisitos, puesto que, de lo contrario, las autoridades fiscales podrían rechazar la devolución de saldo a favor.
Fecha exacta en la que el SAT regresará el saldo a favor
Aunque no existe una “fecha exacta” para que todos los contribuyentes reciban su saldo a favor, el SAT sí cuenta con un plazo legal para realizar la devolución automática del saldo a favor. Según el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, las autoridades fiscales tienen hasta 40 días hábiles para proceder con la devolución, estos días comienzan a contarse a partir del día siguiente en el que el contribuyente presentó su declaración anual.
Esto significa que si un contribuyente presenta su declaración el 1 de abril, el SAT tiene como fecha límite legal para realizar la devolución automática el 31 de mayo. En cambio, si presenta su declaración el 30 de abril, la devolución podría efectuarse hasta mediados de junio, dependiendo de los días hábiles contabilizados. Por ello, se aconseja a los contribuyentes realizar el trámite obligatorio lo antes posible, ya que, de lo contrario – en caso de que tengan saldo a favor -, su devolución automática podría retrasarse.
¿Qué hacer si el SAT no realiza la devolución automática?
Esto es lo que deben hacer los contribuyentes en caso de no recibir su devolución automática. Foto: freepik.
Pese a que el SAT establece un periodo de hasta 40 días hábiles para regresar las devoluciones automáticas, muchos contribuyentes reciben su devolución incluso antes de que se cumpla el plazo. En la práctica, cuando no existen inconsistencias ni requerimientos adicionales, la devolución puede realizarse en tan solo 5 a 15 días hábiles después de presentar la declaración.
En caso de que pasen los 40 días hábiles sin que se haya recibido el saldo a favor, el contribuyente puede ingresar al portal del SAT para verificar el estatus de la solicitud. Si hay observaciones, el sistema puede indicar si se requiere información adicional o si existe alguna inconsistencia. También es posible presentar una aclaración o seguimiento de devolución directamente en el portal del SAT. En algunas ocasiones, el retraso puede deberse a errores en la CLABE interbancaria o a la necesidad de validar ciertos documentos.