Un acuerdo por más de 17.000 millones de pesos para la alimentación de los niños y niñas de los colegios públicos del Cesar tiene hoy tras las rejas al exgobernador Luis Alberto Monsalvo Gnecco, quien deberá cumplir una pena de más de 21 años de cárcel por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación agravado.La Sala Penal ratificó en segunda instancia esta condena, al encontrar demostrado que la tramitación, celebración y liquidación del acuerdo contractual vulneró los principios de planeación, responsabilidad y legalidad, y permitió que terceros se apropiaran de recursos destinados a la alimentación de los menores más vulnerables, generando sobrecostos y beneficios económicos para el contratista.Corte Suprema de Justicia. Foto:EL TIEMPOSe trata del Consorcio Alimentación Escolar a Salvo 2015, que tenía entre sus socios a Asoalimentarce, cuyo representante legal, Ivis del Carmen Rosado Robles, ha obtenido otros acuerdos por más de 45.000 millones de pesos.“La ponderación integral de los medios de prueba transmite a la Sala la certeza de la configuración del dolo en el comportamiento de Monsalvo Gnecco, pues siempre fue consciente de la complejidad de la contratación relacionada con el PAE y, por lo mismo, de la necesidad de estar atento a todo su desarrollo. Sin embargo, pese a ello, abandonó deliberadamente sus deberes de orientación, vigilancia, control y supervisión frente a quienes delegó la función de tramitar, celebrar y liquidar el contrato 2015-1178 de 2023. Para la Sala es claro que no solo conocía los elementos del tipo objetivo del delito, sino que voluntariamente decidió ejecutarlos”, señaló la Corte Suprema de Justicia en el fallo de primera instancia.Y es que el exgobernador se lavó las manos asegurando que había delegado la contratación del PAE, un hecho que para la Corte resulta inadmisible, pues el principio de confianza en los subalternos no exime la responsabilidad de los administradores del gasto en la dirección, orientación, control y supervisión del proceso contractual. El Programa de Alimentación Escolar ha enfrentado múltiples irregularidades. Foto:Cortesía”Al acusado no le era ajeno que adelantar la contratación a través de terceros, con las notorias y numerosas irregularidades que se evidenciaron durante todo el proceso contractual y su liquidación —como las deficiencias en los estudios previos, que carecían de análisis de necesidad y conveniencia; el número de estudiantes beneficiarios, que resultó muy superior al real; el plazo de ejecución fijado en 59 días cuando el convenio interadministrativo 842, suscrito por el propio acusado, disponía que debía cubrir todo el calendario escolar (es decir, 180 días)— podía derivar en un delito de contratación ilegal sancionado por la legislación penal”, señaló la Corte en marzo de 2024, argumento que la Sala Penal ratificó en segunda instancia.Y agregó: “también quedó acreditado que permitió que su delegatario suscribiera el contrato pese a todas estas irregularidades, y que se procediera a una liquidación ilegal sin la información y los soportes completos sobre el cumplimiento del objeto contractual, sin realizar ninguna acción orientada a ejercer seguimiento, vigilancia y control”.Entrevista con Vicky Dávila: lo que viene para su campaña Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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