Las hijas e hijos que tienen orfandad materna son uno de los grupos que puede recibir la Pensión del Bienestar para Madres Trabajadoras que cuenta con dos modalidades para la entrega, una de ellas enfocada para dicho sector que puede ser beneficiario desde que los menores son recién nacidos.

En ese sentido, la Pensión del Bienestar se entrega a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, de recién nacidos y hasta los 23 años de edad, en situación de vulnerabilidad por la ausencia permanente de la madre, causada por su fallecimiento, indica la Secretaría del Bienestar.

De acuerdo con datos del Inegi, el 11 por ciento de los hogares en México están integrados por una sola figura de autoridad (padre, madre o tutor), en la mayoría de las veces por mujeres, quienes por sí mismas ya sufren varias situaciones de vulnerabilidad, precisa el gobierno federal, en cuyos casos también hay ausencia de los dos padres.Noticias Relacionadas

¿Cuánto dinero depositan por la Pensión para niños en orfandad materna?

Las personas responsables de los menores de edad y jóvenes no mayores de 23 años tienen la oportunidad de inscribirse al Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras, en el que reciben ayuda económica de manera bimestral cuyo monto varía según la edad del beneficiario quedando de la siguiente manera:


De recién nacidos a los 15 años: 830 pesos bimestrales.
De 16 a 18 años: 1,130 pesos bimestrales.
De 19 a 23 años: 1,240 pesos bimestrales.


La Pensión para Madres Trabajadoras se entrega a los menores de edad. Foto: Cuartoscuro / HDM  

Los jóvenes de 19 a 23 años pueden obtener los 7,400 pesos que les son entregados de manera dosificada cada dos meses que les cae el depósito por 1,240 pesos. 

¿Cómo obtener hasta 7,400 pesos por la Pensión para niños en orfandad materna?

La Secretaría del Bienestar dio a conocer los criterios para que las personas beneficiarias puedan obtener el apoyo que ahora ya está estipulado en la Constitución. Según la dependencia federal, estos son los requisitos:


Identificación oficial (credencial para votar, cédula profesional, pasaporte, cartilla del Servicio Militar o forma migratoria) de la persona responsable de las hijas e hijos en orfandad materna al momento de realizar el trámite de incorporación y si el beneficiario es mayor de edad puede realizar el trámite por sí mismo.
Copia certificada del acta de defunción de la madre o acta de presunción de muerte de máximo 3 meses de antigüedad.
Acta de nacimiento de cada una o uno de los hijos de hasta 23 años de edad en orfandad materna.
CURP de la persona responsable y de cada una de las hijas e hijos en orfandad materna para los que se solicitan el apoyo.
Copia y original de comprobante de domicilio de no más de tres meses de antigüedad (luz, agua, teléfono o predial).
La persona responsable deberá firmar una carta responsiva en formato libre a través de la cual asume el compromiso solidario de hacer un buen uso de los recursos, de acuerdo con los fines del programa.

Cabe aclarar que las incorporaciones de hijas e hijos en orfandad materna corresponden a madres fallecidas de marzo de 2013 en adelante, precisó la secretaría; además indicó que la entrega de la pensión también incluye a las hijas e hijos de las jefas de familia que se encontraban afiliadas al Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia, el cual estuvo vigente hasta el año 2020.

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